Gestu

Modelo 180, el resumen anual de los alquileres

Qué es el modelo 180, quién lo presenta y el plazo de enero. Gestu prepara el borrador y el fichero .180 con los 115 ya cerrados; lo presentas tú en la AEAT.

Resumen

El modelo 180 es la declaración informativa del año: el detalle, arrendador por arrendador, de las retenciones por alquiler de inmuebles urbanos que ya ingresaste con el 115. Con el 180 no se paga nada. Gestu prepara el borrador y el fichero .180 a partir de los 115 que ya cerraste; la presentación en la AEAT la haces tú.

Quién tiene que presentarlo

Lo presenta quien haya retenido por el arrendamiento o subarrendamiento de un inmueble urbano y, por eso, haya presentado el modelo 115. El 180 lo presenta el arrendatario, autónomo o sociedad, no el casero. La AEAT lo resume así: si presentaste el 115, presentas el 180.

El ingreso de esa retención ya se hizo en el 115 de cada trimestre. El 180 no liquida nada: dice a qué arrendador y a qué local corresponde lo retenido en el año. Si en el año no practicaste ninguna retención de alquiler, no hay 115 que presentar y tampoco 180. Gestu no prepara un 180 vacío.

Hay casos en los que el alquiler no lleva retención. Entre otros, si lo pagado a un mismo arrendador no pasa de 900 euros al año, IVA aparte, o si es una vivienda de la empresa para sus empleados. Sin retención no hay 115 ni 180.

En Gestu el 180 no se enciende aparte. Va con el 115. Cuando publicas un gasto de alquiler de local u oficina con retención, Gestu activa el 115 de ese ejercicio y el resumen anual queda ligado. No hay un interruptor solo para el 180.

Cómo se rellena, en cristiano

La hoja resumen tiene tres casillas. La casilla 01 es el número de perceptores: un registro por arrendador y, si los gastos traen referencias catastrales distintas, uno por inmueble. La casilla 02 suma las bases, el alquiler sin IVA. La casilla 03 suma las retenciones. Esas tres tienen que cuadrar con los 115 del año.

Cada perceptor lleva su NIF, el nombre, la provincia y la modalidad. Gestu consigna siempre la modalidad 1, renta pagada en dinero. No prepara un 180 de una renta en especie.

El porcentaje general es el 19 % del alquiler sin IVA. Gestu no lo recalcula: copia la base, la retención y el porcentaje del gasto. En Ceuta y Melilla, y de forma excepcional en La Palma para las rentas que se satisfacen desde el 10 de septiembre de 2026, la norma baja ese 19 % un 60 % cuando al perceptor le corresponde esa deducción. Gestu no aplica la reducción. Si te afecta, el porcentaje tiene que estar ya en el gasto.

Del local hacen falta la calle con su número, el municipio, el código postal y la referencia catastral si existe. Es la dirección del inmueble alquilado, no la del casero. Con el código postal y la referencia, Gestu pone la situación: 1 si está en territorio común y tiene referencia, 2 en el País Vasco, 3 en Navarra y 4 si no hay referencia. Sin referencia, ese campo se deja en blanco.

Si el gasto no trae el local, en la revisión anual escribes uno por arrendador. Gestu no reparte una misma renta entre dos referencias catastrales. Si un contrato cubre dos locales, déjalo separado antes de presentar.

El borrador solo suma los trimestres cuyo 115 ya está cerrado. Un trimestre sin alquileres no lo bloquea. Uno con alquileres y el 115 abierto, sí. Si después cambias un gasto de un 115 ya cerrado y las cifras dejan de coincidir, Gestu no cierra el 180 con ese descuadre: hay que corregir el 115 o presentar el 180 fuera y registrar aquí el justificante.

Qué hace Gestu y qué haces tú

En Impuestos, dentro de Anuales, abres el 180 del ejercicio. Revisas cada arrendador y, si falta, escribes la dirección del local, el municipio, el código postal y la referencia catastral. Previsualizas el PDF de referencia, con las casillas 01, 02 y 03 y la relación de perceptores.

Al cerrar el modelo, Gestu genera el fichero .180. En la Sede indicas el NIF, pulsas Importar y eliges ese fichero. Compruebas el resumen y, perceptor a perceptor, el NIF, las bases, las retenciones, la situación, la referencia y la dirección. Firmar y enviar es allí. Cerrar en Gestu no presenta el 180, y el PDF no es el justificante.

El ejercicio en curso no se cierra: el anual espera a que el año haya terminado. La vista previa está en todos los planes. El cierre y el fichero del 180, desde el plan Estándar.

Plazo del modelo 180

Declaración informativa, una vez al año. No hay cuota que ingresar ni plazo de domiciliación. Ejercicio: presentación Del 1 al 31 de enero del año siguiente. Es el plazo general. Si el 31 de enero cae en sábado, domingo o festivo, pasa al día hábil siguiente. En el calendario de 2026, el resumen anual de 2025 se presentó hasta el 2 de febrero, porque el 31 de enero fue sábado. Si la Sede no deja presentar por un fallo técnico dentro de ese plazo, la AEAT admite los cuatro días naturales siguientes. Fuente: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-gestiones/impuestos-tasas/declaraciones-informativas/modelo-180-decla_____arrendamiento-inmuebles-urbanos-anual_/plazos-presentacion.html

Veri*Factu

El calendario de Veri*Factu no está en esta página. Está en Veri*Factu. Cuando lo activas, Gestu solo trabaja en modalidad VERI*FACTU.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el modelo 180?

Es el resumen anual de las retenciones por arrendamiento de inmuebles urbanos. Detalla, arrendador por arrendador, lo que durante el año ingresaste con el modelo 115. No es un pago nuevo.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Quien presentó el modelo 115. Lo presenta el arrendatario que retuvo, autónomo o sociedad, no el propietario del local. Si en el año no hubo retenciones de alquiler, no se presenta. Gestu no prepara un 180 vacío.

¿Cuál es el plazo?

Del 1 al 31 de enero del año siguiente. Si el 31 cae en sábado, domingo o festivo, pasa al día hábil siguiente. El resumen de 2025 se presentó hasta el 2 de febrero de 2026. No hay domiciliación: con el 180 no se ingresa nada.

¿Qué son las casillas 01, 02 y 03?

La 01 cuenta los perceptores. La 02 suma las bases, el alquiler sin IVA. La 03 suma las retenciones. Tienen que coincidir con los modelos 115 del año. El porcentaje general de estos arrendamientos es el 19 %.

¿Gestu presenta el 180 en la AEAT?

No. Prepara el borrador con los 115 ya cerrados, te deja completar el local de cada arrendador y, al cerrar el modelo, genera el fichero .180 para importarlo en la Sede. Validar y firmar lo haces tú. Cerrar en Gestu no equivale a presentar.

¿Qué pasa si el local no tiene referencia catastral?

Gestu consigna la situación 4 y deja la referencia en blanco, que es lo que pide la AEAT cuando el inmueble no tiene referencia. Si la tiene, son 20 caracteres y la situación sale del código postal: 1 en territorio común, 2 en el País Vasco y 3 en Navarra.